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CIVIL Y PATRIMONIAL · OBLIGACIONES DE DAR, HACER O NO HACER

¿Qué puede acordarse en una conciliación sobre obligaciones de dar, hacer o no hacer?

Respuesta orientativa en lenguaje sencillo. Revisa también los límites y documentos aplicables a tu situación.

RESPUESTA BREVE

¿Qué puede acordarse en una conciliación sobre obligaciones de dar, hacer o no hacer?

Orientación para acordar la entrega de un bien, la realización de una conducta o una abstención jurídicamente disponible.

Explicación para orientarte

Describir la prestación con precisión para que pueda cumplirse y verificarse. La conciliación permite que las partes evalúen propuestas voluntarias; el conciliador facilita la conversación, pero no decide quién tiene la razón ni impone una solución.

Antes de conversar, identifica

  • El problema concreto que deseas resolver
  • La propuesta que quieres presentar
  • Quién tendría que cumplir cada obligación
  • Fechas, montos o condiciones que deben quedar claras
RESPALDO Y LÍMITES

Información para decidir con cuidado

La publicación explica el recorrido general y no determina por sí sola que la solicitud sea admisible, que exista responsabilidad o que se alcanzará un acuerdo.